Constituye una infracción muy grave, según el artículo 13.2 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). Puede conllevar multas, recargos de prestaciones y otras responsabilidades legales.
¿En qué casos es obligatorio disponer de recursos preventivos presenciales en la obra o centro de trabajo?
En actividades consideradas de especial peligrosidad según la normativa, como trabajos en altura, excavaciones, trabajos con riesgo eléctrico,...



