Aunque no reciba una sanción directa, el técnico puede enfrentar consecuencias civiles (por daños y perjuicios) o laborales (medidas disciplinarias o despido), si se demuestra negligencia o dolo y una relación causal con el daño sufrido.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



