La formación debe ser suficiente, adecuada, teórica y práctica, actualizada periódicamente, y adaptada a los riesgos específicos del sector o puesto, conforme al artículo 19 de la LPRL y el RD 39/1997.
¿Qué consecuencias puede tener para un técnico de prevención una formación inadecuada detectada por la Inspección?
Aunque no reciba una sanción directa, el técnico puede enfrentar consecuencias civiles (por daños y perjuicios) o laborales (medidas disciplinarias...



