La formación debe ser suficiente, adecuada, teórica y práctica, actualizada periódicamente, y adaptada a los riesgos específicos del sector o puesto, conforme al artículo 19 de la LPRL y el RD 39/1997.
¿Qué recomienda la jurisprudencia cuando no es posible adaptar el puesto de trabajo del trabajador senior?
Si no es viable la adaptación, debe emitirse informe técnico por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales proponiendo un cambio de puesto. Así...



