Deben ser certificados para contacto alimentario, resistentes a las condiciones de transporte (calor, frío, humedad), y no liberar contaminantes. Además, deben estar etiquetados según la normativa UE 10/2011 o equivalente.
¿Es obligatorio señalizar las zonas con riesgo eléctrico?
Sí. El RD 614/2001 obliga a delimitar y señalizar las zonas de riesgo con carteles normalizados y medidas de aislamiento.



