Debe evaluar si es posible adaptar el puesto de trabajo o reubicar al trabajador en otro compatible. Solo podrá extinguir el contrato si lo anterior no es viable o supone una carga excesiva, y debe tener en cuenta la voluntad del trabajador.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



