Debe evaluar si es posible adaptar el puesto de trabajo o reubicar al trabajador en otro compatible. Solo podrá extinguir el contrato si lo anterior no es viable o supone una carga excesiva, y debe tener en cuenta la voluntad del trabajador.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



