Debe remitir la documentación a la autoridad laboral dentro de los 10 días hábiles posteriores al cese, garantizando la confidencialidad de los datos (RD 665/1997).
¿Cuándo empezamos a ser “demasiado mayores” para el mercado laboral?
En noticias recientes sobre edadismo laboral en España se repite la incómoda afirmación de que a partir de los 45 años algo empieza a cambiar. Las oportunidades se...





