Aplicar íntegramente la LPRL y el RD 664/1997, ya que ambos se aplican supletoriamente a cualquier actividad con riesgo, incluso sin regulación sectorial. También puede guiarse por jurisprudencia y criterios técnicos del INSST.
¿Debe adaptarse la formación en prevención a la evolución de los riesgos?
Sí, la formación debe adaptarse a la evolución y aparición de nuevos riesgos, y repetirse periódicamente si es necesario, sin que su coste recaiga...



