Aplicar íntegramente la LPRL y el RD 664/1997, ya que ambos se aplican supletoriamente a cualquier actividad con riesgo, incluso sin regulación sectorial. También puede guiarse por jurisprudencia y criterios técnicos del INSST.
¿Qué cambios normativos recientes debo vigilar en materia de agentes químicos peligrosos?
La modificación del RD 665/1997 por el RD 612/2024, que introduce ajustes en las obligaciones de control y registro para agentes cancerígenos,...



