Debe aplicar íntegramente la LPRL, realizar una evaluación de riesgos adaptada a su realidad y, si corresponde, consultar las guías sectoriales disponibles para definir medidas preventivas.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



