La efectividad de las medidas preventivas debe contemplar incluso distracciones o imprudencias no temerarias (art. 15.4 LPRL y doctrina del TSJ Comunidad Valenciana 08/07/2021).
¿Qué es un riesgo residual?
Es el nivel de riesgo que aún queda tras aplicar todas las medidas de prevención razonables. Debe ser gestionado y comunicado.



