Deben realizar una evaluación de riesgos detallada, identificar la presencia de agentes peligrosos, aplicar las medidas de prevención de los reales decretos aplicables, formar al personal y documentar todas las actuaciones.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



