Puede argumentar que adoptó todas las medidas preventivas exigidas y que no hubo exposición significativa o fue ocasional. Pero debe acreditarlo con documentación completa, según exige la jurisprudencia.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



