Según el artículo 18 de la Ley 55/2003, tienen derecho a servicios de prevención, a órganos representativos en materia de salud laboral y a una protección efectiva frente a los riesgos inherentes a su puesto.
¿Qué documentación prueba la diligencia debida en caso de reclamaciones por sobreexposición?
Historiales dosimétricos, registros de calibración, actas de incidentes, informes de auditorías, planes de emergencia y evidencias de formación...