El TJUE ha confirmado que la legislación del país de acogida debe aplicarse en materia de salud y seguridad, salvo que la del país de origen sea más beneficiosa (casos Laval, Sähköalojen, Rüffert, entre otros).
¿Qué estándares de utilización segura establece el Anexo II del RD 1215/1997?
Acceso y permanencia seguros en todos los lugares necesarios para usar o mantener equipos; instalación y uso que eviten caídas, vuelcos o...



