El TSJ de Galicia (06/10/2022, nº 4512/2022) y el TSJ de Madrid (21/02/2022, nº 134/2022) confirman que el RD 1215/1997 y la LPRL se aplican a cualquier equipo de trabajo, aunque no exista regulación específica.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.