La Sentencia del TSJ de Andalucía nº 2906/2023 exige una aplicación rigurosa de la normativa y recuerda que el empresario debe prever incluso distracciones no temerarias del trabajador.
¿Pueden los trabajadores especialmente sensibles negarse a realizar tareas puntuales aunque estén adaptadas?
Si existe riesgo para su salud, tienen derecho a negarse y la empresa debe respetarlo, sin que esto suponga sanción ni perjuicio para el trabajador.



