Sentencias como la del TSJ de Madrid nº 539/2023 sancionan a empresas que no adaptan el entorno de trabajo ni proporcionan formación accesible, confirmando la obligación reforzada del empresario.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



