La enfermedad profesional requiere que el agente infeccioso esté incluido en el RD 1299/2006. Si no lo está, pero hay evidencia de contagio en el trabajo, se puede reconocer como accidente de trabajo según el art. 156 de la LGSS.
Viajes de trabajo: ¿estamos evaluando realmente sus riesgos?
No todas las actividades laborales se desarrollan en el centro de trabajo. Reuniones comerciales, visitas a clientes, supervisiones de obra, asistencia a ferias,...





