La infracción leve implica faltas menores sin riesgo grave para la salud, la grave supone incumplimientos que ponen en peligro la seguridad de los trabajadores, y la muy grave se refiere a situaciones con riesgo evidente o reincidencia. Cada una conlleva diferentes niveles de sanción económica y responsabilidad.
¿Qué dice la jurisprudencia del Tribunal Supremo (STS 05-03-2024, nº 418/2024) sobre estos riesgos?
Confirma la aplicación del RD 664/1997 a cualquier actividad con riesgo biológico y recuerda el deber empresarial de adoptar medidas necesarias de...



