La infracción leve implica faltas menores sin riesgo grave para la salud, la grave supone incumplimientos que ponen en peligro la seguridad de los trabajadores, y la muy grave se refiere a situaciones con riesgo evidente o reincidencia. Cada una conlleva diferentes niveles de sanción económica y responsabilidad.
¿Qué normativa regula la coordinación de actividades empresariales en PRL?
El Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, desarrolla el artículo 24 de la LPRL y regula la coordinación de actividades empresariales (CAE) cuando en...



