Plan de Seguridad y Salud, certificados de formación de los trabajadores, partes de entrega de EPIs, evaluaciones de riesgos, libro de subcontratación y registros de coordinación.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



