Debe contar con la evaluación de riesgos, plan de seguridad y salud aprobado, designación de recursos preventivos, comunicación de apertura del centro de trabajo, inscripción en el REA y certificados de formación de los trabajadores.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



