Incluye patologías derivadas de exposiciones químicas; la entidad gestora debe tramitar el parte de enfermedad profesional según el art. 4 del RD 1299/2006 y el art. 23 LPRL.
¿Qué es un riesgo residual?
Es el nivel de riesgo que aún queda tras aplicar todas las medidas de prevención razonables. Debe ser gestionado y comunicado.



