Los equipos de protección individual deben ser adecuados al tipo de exposición biológica prevista y su uso debe ser garantizado por la empresa, tal como exige el artículo 17 de la LPRL y el RD 664/1997.
¿Qué dice la jurisprudencia del Tribunal Supremo (STS 05-03-2024, nº 418/2024) sobre estos riesgos?
Confirma la aplicación del RD 664/1997 a cualquier actividad con riesgo biológico y recuerda el deber empresarial de adoptar medidas necesarias de...



