El Real Decreto 773/1997 exige el uso de equipos de protección respiratoria aislantes para prevenir intoxicaciones por gases o asfixia. También pueden ser necesarios arneses, detectores de gases y equipos de comunicación.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



