Es el nivel de riesgo que aún queda tras aplicar todas las medidas de prevención razonables. Debe ser gestionado y comunicado.
¿Qué documentación prueba la diligencia debida en caso de reclamaciones por sobreexposición?
Historiales dosimétricos, registros de calibración, actas de incidentes, informes de auditorías, planes de emergencia y evidencias de formación...