Son categorías legales que determinan obligaciones: planificada (actividades previstas con radiaciones), existente (radón, natural), y de emergencia (incidentes). Cada una exige medidas y protocolos distintos.
¿Es obligatoria la formación específica para quienes manipulan cargas?
Sí. El artículo 4 del RD 487/1997 y el artículo 19 de la LPRL obligan al empresario a proporcionar formación e información específica y actualizada...



