La empresa puede incurrir en responsabilidad administrativa, civil o penal, si se demuestra que no adoptó las medidas necesarias para garantizar la seguridad en condiciones térmicas hostiles, especialmente cuando existía un riesgo previsible.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



