Establece el régimen de autorizaciones, registro en el CSN, diseño con protección radiológica incorporada, vigilancia continua, planes de emergencia y gestión de fuentes y residuos durante todo el ciclo de vida de la instalación.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.