Formación específica y documentada sobre los riesgos eléctricos o de explosión presentes en su entorno, el uso seguro de equipos, medidas de emergencia y procedimientos de trabajo adaptados al riesgo.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



