Formación específica y documentada sobre los riesgos eléctricos o de explosión presentes en su entorno, el uso seguro de equipos, medidas de emergencia y procedimientos de trabajo adaptados al riesgo.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



