Debe recibir formación específica y suficiente sobre los riesgos de la empresa y sus funciones preventivas, actualizada periódicamente y adaptada a los cambios normativos y técnicos.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



