Debe recibir formación teórica y práctica, específica y actualizada sobre los riesgos de la tarea, el uso de EPIs, procedimientos seguros, y protocolos de emergencia. La falta de formación adecuada agrava la responsabilidad del empresario.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.