El personal debe recibir formación teórica y práctica específica para el manejo seguro de carretillas elevadoras, de acuerdo con lo exigido por el artículo 19 de la LPRL y el RD 1215/1997. En muchos sectores, esta formación debe renovarse periódicamente.
¿Cuándo se considera que hay negligencia del técnico de prevención?
Cuando no adapta la formación a los riesgos específicos del puesto, no la actualiza, la ofrece de forma meramente formal o no documenta...



