Debe basarse en el artículo 14 del RD 664/1997, la LPRL, las sentencias del TS y TSJ que refuerzan la obligación de protección reforzada, y en una evaluación de riesgos rigurosa que contemple los escenarios de exposición real o potencial.
¿Qué ocurre si la formación en prevención de riesgos laborales no se adapta a los riesgos reales del puesto?
Si la formación no se ajusta a los riesgos reales del puesto de trabajo, la empresa puede enfrentarse a sanciones administrativas graves, recargos...