Debe basarse en el artículo 14 del RD 664/1997, la LPRL, las sentencias del TS y TSJ que refuerzan la obligación de protección reforzada, y en una evaluación de riesgos rigurosa que contemple los escenarios de exposición real o potencial.
¿Qué deben hacer las empresas cosméticas o farmacéuticas para cumplir con la normativa de PRL?
Deben realizar una evaluación de riesgos detallada, identificar la presencia de agentes peligrosos, aplicar las medidas de prevención de los reales...



