Debe basarse en el artículo 14 del RD 664/1997, la LPRL, las sentencias del TS y TSJ que refuerzan la obligación de protección reforzada, y en una evaluación de riesgos rigurosa que contemple los escenarios de exposición real o potencial.
¿La normativa protege también a personas trans o intersex?
Sí. La legislación protege específicamente a personas trans, intersex y con diversidad de género, tanto en el empleo como en procesos...



