Debe basarse en el artículo 14 del RD 664/1997, la LPRL, las sentencias del TS y TSJ que refuerzan la obligación de protección reforzada, y en una evaluación de riesgos rigurosa que contemple los escenarios de exposición real o potencial.
¿Es necesario documentar el cumplimiento del RD 1215/1997?
Sí. Es necesario conservar evidencia documental de las inspecciones de seguridad, mantenimiento, evaluaciones de riesgos, formación, instrucciones...



