Debe basarse en el artículo 14 del RD 664/1997, la LPRL, las sentencias del TS y TSJ que refuerzan la obligación de protección reforzada, y en una evaluación de riesgos rigurosa que contemple los escenarios de exposición real o potencial.
¿Es obligatorio registrar el destino de los alimentos reaprovechados o donados?
Sí. Se recomienda llevar un registro que incluya producto, fecha, destino y condiciones de conservación, tanto para fines de trazabilidad como ante...



