Debe basarse en el artículo 14 del RD 664/1997, la LPRL, las sentencias del TS y TSJ que refuerzan la obligación de protección reforzada, y en una evaluación de riesgos rigurosa que contemple los escenarios de exposición real o potencial.
¿Qué es un riesgo eléctrico?
Es el peligro de sufrir lesiones o daños debido a la electricidad, ya sea por contacto directo, arcos eléctricos o fallos de aislamiento.