Debe basarse en el artículo 14 del RD 664/1997, la LPRL, las sentencias del TS y TSJ que refuerzan la obligación de protección reforzada, y en una evaluación de riesgos rigurosa que contemple los escenarios de exposición real o potencial.
¿Debe adaptarse la formación en prevención a la evolución de los riesgos?
Sí, la formación debe adaptarse a la evolución y aparición de nuevos riesgos, y repetirse periódicamente si es necesario, sin que su coste recaiga...



