Debe basarse en el artículo 14 del RD 664/1997, la LPRL, las sentencias del TS y TSJ que refuerzan la obligación de protección reforzada, y en una evaluación de riesgos rigurosa que contemple los escenarios de exposición real o potencial.
¿Qué riesgos deben evaluarse en el trabajo de reparto urgente?
Deben evaluarse riesgos como accidentes viales, carga y descarga, fatiga por jornadas prolongadas, estrés por presión de entregas, y trastornos...



