Es fundamental. Según el RD 773/1997 y la LPRL, el empresario debe acreditar la entrega, formación e idoneidad del EPI utilizado en trabajos con vidrio, ya que forma parte de su deber de protección.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



