Es obligatoria cuando varias empresas coinciden en un centro de trabajo. Deben intercambiar información sobre riesgos específicos, especialmente si son graves o muy graves, y establecer protocolos preventivos conjuntos (RD 171/2004).
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



