Los convenios colectivos y la normativa autonómica pueden establecer medidas adicionales y adaptar las obligaciones generales de prevención a las particularidades de cada sector o territorio, reforzando la protección de los trabajadores.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



