Sentencias como la del TSJ de Castilla-La Mancha (162/2021) y del TSJ de Aragón (561/2019) subrayan que el empresario debe adaptar las medidas preventivas a la naturaleza específica del trabajo, como exige el artículo 14 de la LPRL.
¿Qué ocurre si falta algún elemento esencial en el informe técnico preventivo?
La falta de identificación de riesgos, de medidas preventivas reales, de seguimiento o de adaptación a los cambios puede ser interpretada por los...



