Sentencias como la del TSJ de Castilla-La Mancha (162/2021) y del TSJ de Aragón (561/2019) subrayan que el empresario debe adaptar las medidas preventivas a la naturaleza específica del trabajo, como exige el artículo 14 de la LPRL.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



