El Real Decreto 374/2001 regula la protección frente a agentes químicos, remitiendo expresamente a los Códigos IMO. También se exige documentación acreditativa conforme al Real Decreto 1737/2010 sobre inspección de buques.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



